Órganos especializados
y Grupos de Trabajo
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Órganos de Gobierno

ORGANOS DE GOBIERNO

Los órganos del Registro son el Presidente,  el Consejo Directivo, el Secretario Técnico, y la Asamblea.

El Consejo Directivo estará integrado por un máximo de diez miembros del Registro, para un mandato de tres años, designados por el Pleno del Consejo General a propuesta de la Comisión Permanente. No obstante, la Comisión Permanente podrá solicitar al Pleno su renovación en cualquier momento para la adaptación de los mandatos de los órganos del Consejo General y, extraordinariamente, por cualquier otra  causa suficientemente justificada.

El número de miembros del Consejo Directivo podrá ampliarse por encima del máximo establecido en el párrafo anterior, en casos especiales de gran complejidad de la actividad del Registro, con la aprobación de la Comisión Permanente y la ratificación posterior del Pleno en la primera reunión que celebre.

Dentro de los treinta días siguientes a su designación, en reunión convocada por el Presidente del Consejo General, elegirán de entre sus miembros un Presidente y un Vicepresidente. A continuación tomarán posesión de sus respectivos cargos. El cargo de Presidente sólo podrá ser elegido consecutivamente para dos mandatos. El Presidente y el Vicepresidente deberán especificar en sus relaciones externas que lo son del REAF como un órgano especializado del Consejo General de Colegios de Economistas.

El cese del Presidente y del Vicepresidente podrá ser acordado por el Consejo Directivo, en reunión convocada al efecto a petición de la mayoría absoluta de sus miembros.

El Presidente asumirá la representación del Registro ante los demás órganos del Consejo General, y por delegación del Presidente del Consejo General, coadyuvará con éstos y con los Colegios de Economistas al desarrollo de las funciones del Registro en relación con su actividad profesional. El Vicepresidente tendrá las funciones que le asigne el Presidente, sustituyendo a éste último en los casos de ausencia, enfermedad o incapacidad.

Las vacantes que se produzcan en el Consejo Directivo podrán cubrirse por designación de la Comisión Permanente, escuchado el Consejo Directivo, y deberán ser ratificadas por el Pleno en la primera sesión que celebre. El mandato de los elegidos para cubrir vacantes finalizará al vencimiento del periodo de aquellos a quienes sustituyan.

PRESIDENTE  

D. Jesús Sanmartín Mariñas

VICEPRESIDENTE 

D. Rodolfo Molina Stranz

VOCALES

D. José María Coma i Martorell

D. Juan José Martín Álvarez

D. Agustín Fernández Pérez

Dª Milagros Gómez Arévalo

D. Arturo Hernández Ortega

D. Juan José Lagares Gómez-Abascal

D. Francisco José Ropero Parra

D. Juan Manuel Toro Fernández

D. Daniel López de Armentia Cortés

PRESIDENTES DE COMITES Y COMISIONES

Dª Esther Luque Sánchez

D. Juan Pérez Melgar

D. Felix Carlos García Gonzalo

D. Francisco Castellano Real

D. Angel Luis Chocarro Abalos

SECRETARIO TÉCNICO

D. Luis del Amo Carbajo

 
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